Artículo segundo. El Ministerio de Minas y Petróleos fijara, por medio de resoluciones, las funciones del personal creado por el presente Decreto.
Decreto 2937 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2937 de 1947 · DECRETO 2937 DE 1947, 04/09/1947, Por el cual se crean unos cargos y se fijan sus asignaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 2 del decreto 2937 de 1948, quedará así) por decreto 19/12
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.