Micelio

Artículo 8

Decreto 1769 de 2003 · por el cual se expiden los términos y las condiciones a que debe sujetarse la cuota monetaria en el Sistema de Compensación Familiar, régimen de organización, funcionamiento y tiempo de implantación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Período de transición. Las Cajas de Compensación Familiar que a 31 de diciembre del año 2002, tuvieran un cuociente superior al ciento cinco por ciento (105%), deberán iniciar un proceso de ajuste sobre el exceso de 105%, así

a)

Para el cierre del año 2003 una reducción del 10% sobre el exceso;

b)

Para el cierre del año 2004 una reducción del 30% sobre el exceso;

c)

Para el cierre del año 2005 una reducción del 50% sobre el exceso;

d)

Para el cierre del año 2006 una reducción del 70% sobre el exceso;

e)

Para el cierre del año 2007 una reducción del 90% sobre el exceso;

f)

Para el cierre del año 2008 una reducción del 100% sobre el exceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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