º Oficina de Registro. Son funciones de la Oficina de Registro, las siguientes
Registrar las obras de carácter literario, artístico y científico;
Registrar los actos, contratos y decisiones jurisdiccionales relacionados con los derechos de autor;
Registrar los pactos y convenios suscritos entre las asociaciones colombianas con asociaciones extranjeras sobre derechos de autor y derechos conexos;
Registrar los fonogramas;
Registrar los programas de ordenador (software);
Negar aquellas solicitudes de registro cuando no sean procedentes;
Enviar las obras editadas e inéditas, los fonogramas, videogramas y los programas de ordenador (software) a la biblioteca y al archivo de la Dirección Nacional del Derecho de Autor para su archivo y conservación;
Expedir certificaciones sobre los registros de derecho de autor y depósito legal que se tramitan en la oficina;
Informar a las entidades similares extranjeras, a los organismos internacionales, a la rama jurisdiccional y a los interesados que lo soliciten, sobre datos relacionados con la inscripción en el Registro Nacional del Derecho de Autor;
Realizar investigaciones y estudios especiales sobre los diferentes temas que conforman los derechos de autor y los derechos conexos;
Las demás funciones que le sean asignadas por el Director General acordes con la naturaleza de las funciones de la oficina.