Micelio

Artículo 9

Decreto 2041 de 1991 · por el cual se crea la Dirección Nacional del Derecho del Autor como Unidad Administrativa Especial, se establece sus estructura orgánica y se determinan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Oficina de Registro. Son funciones de la Oficina de Registro, las siguientes

a)

Registrar las obras de carácter literario, artístico y científico;

b)

Registrar los actos, contratos y decisiones jurisdiccionales relacionados con los derechos de autor;

c)

Registrar los pactos y convenios suscritos entre las asociaciones colombianas con asociaciones extranjeras sobre derechos de autor y derechos conexos;

d)

Registrar los fonogramas;

e)

Registrar los programas de ordenador (software);

f)

Negar aquellas solicitudes de registro cuando no sean procedentes;

g)

Enviar las obras editadas e inéditas, los fonogramas, videogramas y los programas de ordenador (software) a la biblioteca y al archivo de la Dirección Nacional del Derecho de Autor para su archivo y conservación;

h)

Expedir certificaciones sobre los registros de derecho de autor y depósito legal que se tramitan en la oficina;

i)

Informar a las entidades similares extranjeras, a los organismos internacionales, a la rama jurisdiccional y a los interesados que lo soliciten, sobre datos relacionados con la inscripción en el Registro Nacional del Derecho de Autor;

j)

Realizar investigaciones y estudios especiales sobre los diferentes temas que conforman los derechos de autor y los derechos conexos;

k)

Las demás funciones que le sean asignadas por el Director General acordes con la naturaleza de las funciones de la oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2041 de 1991