Micelio

Artículo 27

Decreto 2928 de 1982 · Por el cual se adoptan medidas en relación con el ahorro privado y se interviene en las actividades de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y del Banco Central Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia de este Decreto, cuando una Corporación de Ahorro y Vivienda otorgare créditos en exceso del límite fijado en el artículo 14 del Decreto 664 de 1979, será sancionado por el Superintendente Bancario con multa hasta por el valor del respectivo exceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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