Micelio

Artículo 13

Decreto 2928 de 1982 · Por el cual se adoptan medidas en relación con el ahorro privado y se interviene en las actividades de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda y del Banco Central Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los préstamos hipotecarios que otorguen las Corporaciones de Ahorro y Vivienda para financiar obras de urbanismo no incluirán la adquisición de la tierra. Se financiará hasta el ciento por ciento (100%) cuando el precio de venta programado de los lotes resultantes no exceda de ciento setenta y cinco (175) Upacs, y el ochenta por ciento (80%) cuando sea mayor de ciento setenta y cinco (175) y menor de doscientos sesenta (260) Upacs.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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