Micelio

Artículo 17

Decreto 2001 de 1988 · DECRETO 2001 DE 1988, 28/09/1988, Por el cual se reglamenta el inciso final dela artículo 29,el inciso 3° y el parágrafo 1° del artículo 94 de la ley 135 de 1961 en lo relativo a la constitución de Resguardos Indígenas en el territorio nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ACTA DE ENTREGA. El Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, hará entrega material de los bienes del Fondo Nacional Agrario constituidos como resguardo indígena, al cabildo (s) de la comunidad (es) para lo cual se adquirió el predio (s) o mejoras y se constituyó el resguardo, dentro de los treinta (30) días siguientes al registro de que trata el artículo anterior. De esta diligencia se levantará un acta suscrita por quienes intervengan en la misma, copia de la cual reposará en el expediente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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