º VISITA. Mediante auto expedido por el Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria o su delegado, se ordenará llevar a cabo una visita a la comunidad interesada por funcionarios de la entidad, señalando la época en la que se realizará. De esta visita se levantará un acta, suscrita por los funcionarios que intervinieren en ella y las autoridades de la comunidad, conteniendo entre otros los siguientes puntos
Ubicación.
Extensión aproximada.
Linderos generales.
Número de habitantes indígenas.
Número de colonos establecidos, indicando el área aproximada que ocupan. El auto que ordena la visita se comunicará al grupo indígena interesado, al Ministerio de Gobierno y al Procurador delegado para asuntos agrarios.