º. Obligaciones especiales . Una vez comunicada al empleado por la autoridad competente la supresión del empleo, éste deberá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación, efectuar la entrega de la documentación, archivo y bienes a su cargo, a las respectivas Comisiones Seccionales del Servicio Civil y Gobernaciones de cada Departamento, según el caso.
Decreto 1680 de 1997 →Vigente
Artículo 4
Obligaciones Especiales
Decreto 1680 de 1997 · por el cual se suprimen unos empleos de la Planta de Personal del Departamento Administrativo de la Función Pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.