º . Apruébase el Acuerdo número JD-054 AD/88 de agosto 4 de 1988, emanado de la Junta Directiva del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO JD 054 AD/88 DE AGOSTO 4 DE 1988 "por el cual se adoptan los estatutos, del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade. La Junta Directiva del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo -Fonade-, en. ejercicio de las facultades legales que le confieren los Decretos 3068 y 1050 de 1968 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República. ACUERDA: Artículo 1º. Adoptar los siguientes estatutos que regirán la administración y funcionamiento del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade. CAPITULO I Naturaleza, jurisdicción, domicilio, objeto y funciones Artículo 2º . El Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade, es un establecimiento público del orden nacional adscrito al Departamento Nacional de Planeación, creado por Decreto-ley 3068 del 16 de diciembre de 1968, dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, que se organiza de conformidad con las normas establecidas por los Decretos 1050 y 3130 de 1968; 610 de 1974 y 3152 de 1986, sus normas reglamentarias, y las contenidas en los presentes estatutos. Artículo 3º Jurisdicción y domicilio. El Fonade, con sujeción a la política y programas del sector del cual forma parte y a la naturaleza de sus actividades, ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional, su domicilio es la ciudad de Bogotá, D. E., y podrá establecer dependencias regionales o seccionales en otros lugares distintos de su domicilio principal. Artículo cuarto. Objeto. El Fonade tendrá como objeto: a) Financiar, racionalizar, organizar y coordinar la consultoría nacional, para lo cual desarrollará entre otras las siguientes acciones
Organizar, actualizar y divulgar el registro de Consultores del Fonade.
Promover el intercambio nacional e, internacional de experiencias con las distintas personas, públicas o privadas, cuyas actividades, se relacionen con la consultoría.
Fomentar el desarrollo de las firmas consultoras nacionales. b) Financiar total o parcialmente a entidades de derecho público o privado, los siguientes estudios: 1. Estudios, de factibilidad técnico-económica de proyectos y programas específicos. 2. Estudios complementarios de proyectos cuya factibilidad técnica haya sido demostrada incluyendo aquéllos de ingeniería que fueren necesarios y que requieran mayor elementos de juicio para su evaluación o ser adicionados con nuevos requisitos para gestionar su financiación. 3. Estudios de prefactibilidad sectorial y subsectorial que tengan por finalidad la preparación de proyectos específicos o la cuantificación de inversiones en un sector de la economía nacional.
Estudios generales cuyo objeto sea la identificación de proyectos o de programas específicos.
Estudios de proyectos específicos comprendido dentro, de los programas de integración económica, general y de integración fronteriza Colombo- Venezolana y Colombo - Ecuatoriana especialmente aquellos que tengan un carácter multinacional, y
Estudios de proyectos específicos Relacionado con la integración subregional de los países firmantes del Acta de Bogotá de agosto de. 1966.