Artículo primero. Créase, a partir del 10 de septiembre de 1947, un Puesto de Socorro en el Municipio de Chinú (Bolívar), que funcionará con el siguiente personal y asignaciones: Mensuales. Un Médico Director 400.00 Un Inspector Enfermero 150.00 Sostenimiento 400.00 Para dotación, por una sola vez 2.500.00
Decreto 2925 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2925 de 1947 · DECRETO 2925 DE 1947, 03/09/1947, Por el cual se crea un Puesto de Socorro en el Municipio de Chinú (Bolívar)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.