Micelio

Artículo 12

Oficina Asesora De Gestión Del Riesgo

Decreto 3572 de 2011 · por el cual se crea una Unidad Administrativa Especial, se determinan sus objetivos, estructura y funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora de Gestión del Riesgo. Son funciones de la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo, las siguientes

1.

Asesorar y apoyar a la Dirección General en la gestión, articulación y coordinación, con las instancias pertinentes, en los riesgos generados por situaciones de orden público en las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales.

2.

Diseñar estrategias para el fortalecimiento de medidas de prevención y actuación del personal del organismo, frente a las situaciones de riesgo asociadas al ejercicio de la autoridad ambiental, al interior de las áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales.

3.

Asesorar y apoyar a la Dirección General en las instancias definidas en el marco del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres.

4.

Asesorar a las diferentes dependencias en el desarrollo de acciones de prevención y atención, en el marco del Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres.

5.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

6.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza el área.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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