Micelio

Artículo 11

Decreto 103 de 1991 · por el cual se reajusta la remuneración mensual y la prima de antigüedad del personal docente que presta sus servicios en las instituciones oficiales de educación superior del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 11. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1991 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 60 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 103 de 1991