REQUISITOS MINIMOS PARA ASCENSO DE OFICIALES. Los Oficiales de las Fuerzas Militares podrán ascender en la jerarquía al grado inmediatamente superior, cuando cumplan los siguientes requisitos mínimos
Tener el tiempo mínimo de servicio efectivo establecido para cada grado en el presente Estatuto;
Adelantar y aprobar los cursos de ascenso reglamentario.
Acreditar aptitud sicofísica de acuerdo a Reglamento vigente;
Acreditar los tiempos mínimos de mando de tropa, embarco o vuelo, para los grados de Subteniente, Teniente y Capitán y sus equivalentes en la Armada Nacional, como se estipula en el presente Decreto;
Concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa.