Micelio

Artículo 11

Decreto 95 de 1989 · Por el cual se reforma el Estatuto de Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

OFICIALES EJECUTIVOS Y DE INFANTERIA DE MARINA EN LA ARMADA. Son Oficiales del Cuerpo Ejecutivo de la Armada todos aquellos formados, entrenados y capacitados con la finalidad principal de ejercer el mando y la conducción de las operaciones navales, con las restricciones contempladas en el artículo 55 de este Estatuto. Son especialidades del Cuerpo Ejecutivo: Superficie, Submarinos, Ingeniería Naval y Aviación Naval, la cual tendrá Oficiales Pilotos y Especialistas de Mantenimiento. Son Oficiales del Cuerpo de Infantería de Marina, todos aquellos formados entrenados y capacitados con la finalidad principal de ejercer el mando y la conducción de los elementos de combate y de apoyo de combate de la Infantería de Marina en las operaciones propias de dicho cuerpo: Son especialidades, del Cuerpo de Infantería de Marina, Fusileros, Ingenieros y Artilleros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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