° . Adiciónase el artículo 6 del Decreto 81 de 1997 con el siguiente
Cuando la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales establezca el incumplimiento de la obligación tributaria prevista en este Decreto, proferirá resolución motivada previo traslado de cargos por el término de diez (10) días para responder. Contra la citada resolución procede únicamente el recurso de reposición el cual deberá fallarse dentro de los dos (2) meses siguientes a su interposición en debida forma, la cual una vez en firme prestará mérito ejecutivo.
Artículo 6 DECRETO 81 de 1997