º COBERTURA. Este Decreto se aplica a todos los casos en los que la Nación desee restablecer a una de las instituciones financieras que nacionalizó, y a sus accionistas el régimen aplicable en instituciones privadas similares; y a todos los casos en los que desee vender acciones o bonos convertibles en acciones en las instituciones nacionalizadas. Se aplica también en los casos en los que el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras desee vender acciones o bonos convertibles en acciones en las instituciones financieras nacionalizadas o en las instituciones en las que posea más del cincuenta por ciento (50%) del capital social.
Decreto 1892 de 1989 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1892 de 1989 · DECRETO 1892 DE 1989, 24/08/1989, Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto legislativo número 2920 de 1982 y la Ley 117 de 1985, y se dictan otras disposiciones para reprivatización de instituciones financieras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.