º. El pago de los pedidos que se hagan de acuerdo con las disposiciones de este Decreto se hará por la Caja de la construcción del Ferrocarril, con cargo a los fondos que gire el Gobierno Nacional para la ejecución de la obra.
Decreto 3533 de 1947 →Vigente
Artículo 6
Decreto 3533 de 1947 · DECRETO 3533 DE 1947, 27/10/1947, por el cual se reglamenta la adquisición de elementos con destino a los estudios y construcción del Ferrocarril Troncal de Occidente, en el sector correspondiente al Departamento de Antioquia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.