Micelio

Artículo 2

Decreto 3533 de 1947 · DECRETO 3533 DE 1947, 27/10/1947, por el cual se reglamenta la adquisición de elementos con destino a los estudios y construcción del Ferrocarril Troncal de Occidente, en el sector correspondiente al Departamento de Antioquia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La adjudicación de pedidos para compras locales en el mercado de Medellín, para compras fuera de Medellín y para compras fuera del país, se hará por una Junta compuesta por el Secretario de Hacienda del Departamento de Antioquia, el Contralor Departamental, el Ingeniero Jefe de la obra, el Ingeniero Interventor del Gobierno Nacional, y por el Auditor Fiscal de Hacienda Nacional de Antioquia, en representación de la Contraloría General de la República, o por cualquier otro funcionario que designe para ello esta entidad, y que tendrá las atribuciones y ejercerá las funciones señaladas para la Junta de compras de que tratan los Decretos legislativos 490 y 1060 de 1944, en cuanto hace relación con la adquisición de elementos para el Ferrocarril Troncal de Occidente, en el sector de Antioquia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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