Micelio

Artículo 12

Decreto 953 de 1997 · por el cual se dicta el Reglamento de Disciplina para el Personal de los Cuerpos de Bomberos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aceptación de honores, distinciones o cargos. Los bomberos oficiales no se podrán aceptar honores, distinciones o cargos de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, sin previa autorización del Gobierno Nacional, solicitud que debe ser remitida por la Junta Nacional de Bomberos de Colombia. CAPITULO V De los Derechos, Deberes, Prohibiciones e Inhabilidades

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 953 de 1997