Micelio

Artículo 32

Decreto 504 de 1997 · por el cual se reglamenta el Registro Nacional de Turismo de que tratan los artículos 61 y 62 de la Ley 300 de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las empresas que prestan servicios de Ecoturismo, Etnoturismo, Agroturismo, Acuaturismo y Turismo Metropolitano. Las empresas prestadora . de servicios especializados de Ecoturismo, Etnoturismo, Agroturismo, Acuaturismo y Turismo Metropolitano, para efectos de cumplir con su inscripción en el Registro Nacional de Turismo; se asimilarán a aquel prestador de servicios turísticos cuya actividad sea análoga a la de la empresa de turismo especializado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 504 de 1997