Micelio

Artículo 117

Características De La Medalla.

Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CARACTERÍSTICAS DE LA MEDALLA

a)

LA JOYA. Consiste en una medalla dorada de 40 milímetros de diámetro; en su anverso lleva una cruz de Malta de 40 milímetros en relieve, con la representación de una pluma en posición diagonal de derecha a izquierda, símbolo de la ciencia, y un sable en posición diagonal, de izquierda a derecha símbolo de la investidura del mando, ambas en material mate oscuro. En alto relieve en el centro de la Cruz lleva el escudo de la Escuela dentro de un círculo de 20 milímetros de diámetro del mismo metal de la medalla. En el reverso en la parte superior central lleva la leyenda "Medalla a la virtud", debajo "CT. José Edmundo Sandoval", en la parte inferior central "Al Mejor Alumno". La medalla penderá de una cinta de 48 milímetros de largo y 40 milímetros de ancho, con franjas azules de 7 milímetros en los bordes laterales y en el centro, dos franjas blancas contiguas a las laterales de 8.5 milímetros cada una. El azul significa e1 celo de la verdad, la lealtad y la idea del más allá, el blanco la fe, la rectitud de conducta y la inocencia.

b)

LA VENERA. Consiste en una cinta metálica esmaltada al fuego de 4 milímetros de largo por 10 milímetros de ancho con los mismos detalles de la cinta de la joya. Llevará una estrella plateada de cinco (5) puntas cuando se haya otorgado por segunda vez.

c)

LA MINIATURA. La miniatura tiene el mismo diseño de la joya con un diámetro de 15 milímetros y pende de una cinta igual a la de la joya, de 155 milímetros de ancho y 35 milímetros de largo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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