Micelio

Artículo 84

Otorgamiento. La Medalla Podrá Otorgarse En Cada Categoría Así:

Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

OTORGAMIENTO. La medalla podrá otorgarse en cada categoría así

a)

HONORARIA. A los expresidentes de la República, a Presidentes o Primeros ministros de otras nacionalidades, a Cardenales Colombianos, a Ministros de Estado, a los Generales o Almirantes de las Fuerzas Militares y a los Embajadores que en cumplimiento de sus funciones hubieren efectuado acciones o actividades en beneficio del Batallón Guardia Presidencial.

b)

MÉRITO MILITAR. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del presente reglamento

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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