DIPLOMA. Cada Medalla va acompañada de un diploma credencial firmado por el Comandante de Brigada, Fuerza Naval, Comando Aéreo, Comandante del Cuerpo o Tropa, Buque o Establecimiento Terrestre al cual pertenezca el agraciado. Se elabora en papel cartulina o pergamino blanco de treinta y cinco (35) por veinticinco (25) centímetros de lado, con el Escudo Nacional en colores, en la parte superior, y con la siguiente leyenda: Fuerzas Militares de Colombia (Ejército Nacional, Armada Nacional, o Fuerza Aérea) Medalla Militar "Soldado Juan Bautista Solarte Obando" El Comandante de la... (Brigada, Fuerza Naval o Comando Aéreo). Certifica que: Por Orden del Día Nº...... del....... de.........de....................... Se confiere la presente medalla a: ....................................... Por haberse distinguido como el Mejor Soldado Del..... Contingente del.................................................. CAPITULO V. MEDALLA POR SERVICIOS DISTINGUIDOS PRESTADOS A LA INSTITUCIÓN MILITAR
Decreto 1880 de 1988 →Vigente
Artículo 68
Diploma. Cada Medalla Va Acompañada De Un Diploma Credencial Firmado Por El Coma
Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.