Micelio

Artículo 61

Otorgamiento. La Condecoración Puede Otorgarse, En Cada Categoría, A Las Persona

Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

OTORGAMIENTO. La condecoración puede otorgarse, en cada categoría, a las personas que reúnan las calidades establecidas en el artículo 37 del presente reglamento. La condecoración se confiere preferencialmente al personal de Sanidad Militar; sin embargo, se puede otorgar a miembros de las Fuerzas Militares con otra especialidad o actividad, cuando han prestado a la Sanidad Militar servicios meritorios que los hacen acreedores a este honor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1880 de 1988