DIPLOMAS. Los diplomas que acreditan las Ordenes llevan la firma del Canciller y se elaboran en papel cartulina o pergamino blancos de cuarenta (40) por treinta (30) centímetros de lado, con el Escudo de la Orden, en colores, en la parte superior, y con la siguiente leyenda: Orden del Mérito.......................................................... El Canciller de la Orden certifica que: Por Decreto número............... del............de............ de........ El Presidente de la República confirió a.................................. La condecoración de la Orden en el grado de............................... Además del diploma, junto con la condecoración se entrega al agraciado en nota de estilo, la certificación en donde se indiquen los motivos que se han tenido en cuenta para conferir tal honor, firmada por quien actúe como Secretario del Consejo de la Orden. SECCIÓN "B" Orden "Del Mérito Militar Antonio Nariño".
Decreto 1880 de 1988 →Vigente
Artículo 40
Diplomas. Los Diplomas Que Acreditan Las Ordenes Llevan La Firma Del Canciller Y
Decreto 1880 de 1988 · DECRETO 1880 DE 1988, 12/09/1988, Por el cual se dictan normas sobre Condecoraciones Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.