Micelio

Artículo 5

Decreto 951 de 2001 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 3ª de 1991 y 387 de 1997, en lo relacionado con la vivienda y el subsidio de vivienda para la población desplazada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Aplicación del subsidio familiar de vivienda. Para cada componente señalado en el artículo anterior, se promoverá un tipo de solución de vivienda adecuada a la condición de desplazado, así

1.

Para el retorno se promoverá la aplicación del subsidio de que trata este decreto en el siguiente orden de prioridades

a)

Mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio para hogares propietarios;

b)

Arrendamiento de vivienda urbana o rural para hogares no propietarios;

c)

Adquisición de vivienda nueva o usada (urbana o rural) para hogares no propietarios.

2.

Para la reubicación se promoverá la aplicación del subsidio de que trata este decreto en el siguiente orden de prioridades

a)

Arrendamiento de vivienda urbana o rural para hogares propietarios y no propietarios;

b)

Mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio para hogares propietarios;

c)

Adquisición de vivienda nueva o usada rural (urbana o rural) para hogares propietarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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