Micelio

Artículo 3

Decreto 2905 de 1946 · DECRETO 2905 DE 1946, 07/10/1946, Por el cual se da una autorización transitoria al Ministerio de Relaciones Exteriores, en relación con las facturas consulares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Las Aduanas de la república no aceptarán esta clase de declaraciones consulares, sino mediante la presentación, en cada caso, de un certificado exigido por el Consulado respectivo, en el que conste la circunstancia de no haber existencia de los formularios legales respectivos, para extender las facturas consulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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