Artículo segundo. En la organización y desarrollo de los trabajos mencionados se procederá en todo de conformidad con los reglamentos expedidos por el Ministerio de Obras Públicas, y por la Contraloría General de la República, relacionados con las especificaciones de las carreteras nacionales y con los servicios de contabilidad y estadística, sanidad, etc.
Decreto 3515 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3515 de 1947 · DECRETO 3515 DE 1947, 27/10/1947, por el cual se organizan trabajos en la carretera que partiendo de la población de Bolívar (Santander), empalme con la carretera Barbosa-Puerto Olaya.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.