El Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero proporcionará los recursos necesarios para mantener afiliados al régimen contributivo del sistema de seguridad social en salud durante un término de seis meses a las personas que acrediten
Haber estado afiliados al régimen de seguridad social el 25 de enero de 1999 y haber compensado efectivamente;
Ser residente en los municipios a los cuales se refieren los Decretos 195 y 223 de 1999 en la misma fecha, y
Haber perdido la posibilidad de desempeñar su trabajo habitual o el empleo que realizaba con contrato de trabajo. El beneficio se perderá en el momento en que la persona celebre un contrato de trabajo o tome posesión de un cargo público. El valor de la cotización para estas personas se calculará sobre el valor del salario mínimo.