Los proyectos presentados por las Cajas de Compensación Familiar, en cumplimiento de este decreto, deberán ajustarse a las políticas señaladas por el Fondo para la Reconstrucción y Desarrollo Social del Eje Cafetero. La aprobación de tales proyectos corresponderá a la Superintendencia de Subsidio Familiar de conformidad con las normas vigentes, la cual deberá pronunciarse en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles.
Decreto 350 de 1999 →Vigente
Artículo 28
Decreto 350 de 1999 · por el cual se dictan disposiciones para hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica causada por el terremoto ocurrido el 25 de enero de 1999
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.