Micelio

Artículo 617

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

INTERNACION PARA ENFERMO MENTAL PERMANENTE O TRANSITORIO CON SECUELA. Cuando se imponga la medida de seguridad correspondiente a un inimputable por enfermedad mental permanente o transitoria con secuela, el juez oficiar al Director del Establecimiento Psiquiátrico, para que se proceda al tratamiento adecuado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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