Micelio

Artículo 502

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CAMBIO DE COMPETENCIA. Cuando de la prueba aportada en el juicio se concluya que el juzgamiento de los hechos punibles o de las personas vinculadas corresponde a otro juez, se le enviará el expediente. En caso de que éste acepte la competencia, aplicará el trámite correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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