SEÑALAMIENTO DE DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA. En firme el auto por el cual se ordena o niega la práctica de pruebas, o transcurrido el término a que se refiere el inciso final del Artículo anterior, el juez señalará fecha y hora para la celebración de la audiencia pública la que se realizará dentro de los diez (10) días siguientes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.