Micelio

Artículo 486

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

AUTO DE CONTROL DE LEGALIDAD. Recibida la Resolución de acusación, el juez de conocimiento revisará, dentro de los tres (3) días siguientes, la actuación procesal. En caso de considerar que no est afectada por alguna causal de nulidad, así lo declarará por auto interlocutorio. Una vez en firme sólo podrán plantearse nulidades que no hayan sido alegadas en la investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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