TERMINOS PARA RECIBIR INDAGATORIA. La indagatoria deberá recibirse a la mayor brevedad posible dentro de los tres (3) días siguientes a aquél en que el capturado haya sido puesto a disposición del juez. Este término se duplicará si hubiere más de dos capturados en el mismo proceso, y si la aprehensión se hubiere realizado en la misma fecha.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.