Micelio

Artículo 401

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CAPTURA POR PARTE DEL CUERPO TECNICO DE POLICÍA JUDICIAL. Las facultades de captura que tiene el Cuerpo Técnico de Policía Judicial quedan circunscritas a los casos de hechos punibles en estado de flagrancia y a lo previsto en el Artículo siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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