Micelio

Artículo 397

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

TRAMITE Y EFECTOS DEL LEVANTAMIENTO DE LA INMUNIDAD. La petición del levantamiento de la inmunidad, se hará por medio de oficio motivado, dirigido al Presidente de la respectiva Cámara en el que se debe expresar el hecho que se investiga en el proceso, la calificación legal que se le hubiere dado en el auto de detención, en el de proceder o su equivalente o en el de citación de audiencia si se tratare de contravención, según el caso, con las circunstancias especificadoras de la infracción que se hubiere reconocido, la pena que la ley establece para ella, la fecha de la providencia, y la indicación del juez o Tribunal que la profirió. Una vez levantada la inmunidad a un congresista, esta decisión surtirá efectos durante el proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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