Micelio

Artículo 349

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

COMISIONES. El juez de instrucción cuando personalmente haga la indagación preliminar, podrá excepcionalmente comisionar a autoridades del Cuerpo Técnico de Policía Judicial para lo cual precisará, en auto de sustanciación, las diligencias que deban practicarse y señalar el término de la comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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