Micelio

Artículo 323

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

OTROS REQUISITOS. Además de los requisitos señalados en los Artículos anteriores, para desempeñar el cargo de Juez de Instrucción Criminal o el de subalterno, se requerirá haber observado intachable conducta personal y social, no haber sido sancionado con suspensión o más de una vez, con multa, ni haber sido desvinculado del servicio público por mala conducta o ineptitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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