EFECTOS. La apelación de las providencias que se profieran en el proceso penal se surtirá en uno de los siguientes efectos
Suspensivo: En cuyo caso la competencia del inferior se suspenderá desde cuando se profiera el auto que la concede, hasta cuando regrese el cuaderno al juzgado de origen.
Diferido: En cuyo caso se suspenderá el cumplimiento de la providencia apelada, excepto en lo relativo a la libertad de las personas, pero continuará el curso del proceso ante el inferior en aquello que no dependa necesariamente de ella; y
Devolutivo: Caso en el cual no se suspenderá el cumplimiento de la providencia apelada ni el curso del proceso.