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Artículo 186

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

REDACCION DE LA SENTENCIA. Toda sentencia contendrá

1.

Un resumen de los hechos investigados.

2.

La identidad o individualización del procesado.

3.

Un resumen de los alegatos presentados por los sujetos procesales.

4.

El análisis y valoración jurídica de las pruebas en que ha de fundarse la decisión.

5.

La calificación jurídica de los hechos y de la situación del procesado.

6.

Los fundamentos jurídicos relacionados con la indemnización de perjuicios.

7.

La resolución de condena a la pena principal y accesorias que correspondan, o de absolución, y la condena en concreto al pago de perjuicios a que hubiere lugar.

8.

La suspensión condicional de la sentencia, cuando a ella hubiere lugar. La parte resolutiva de las sentencias estará precedida de las siguientes palabras: "Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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