SUSPENSION. Los términos se suspenderán, salvo disposición en contrario
1.
Durante las vacaciones colectivas.
2.
Durante los días domingos, festivos y de Semana Santa.
3.
Cuando no haya despacho al público, por fuerza mayor o caso fortuito.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
SUSPENSION. Los términos se suspenderán, salvo disposición en contrario
Durante las vacaciones colectivas.
Durante los días domingos, festivos y de Semana Santa.
Cuando no haya despacho al público, por fuerza mayor o caso fortuito.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.