Micelio

Artículo 59

Decreto 50 de 1987 · CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PRUEBA. Con la demanda o adición deberá presentarse prueba sumaria de la relación jurídica en la que se funda la pretensión contra los terceros civilmente responsables. Si no se presentare o no existiere en el proceso la prueba de que trata el inciso anterior, el juez inadmitirá la demanda en cuanto concierne a los terceros civilmente responsables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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