La administración y utilización de los bienes muebles de los institutos docentes, estará bajo la responsabilidad del Director o Rector del plantel y del respectivo empleado de manejo y no podrán ser transferidos ni asignados a otras instituciones sino con la autorización de la Dirección General de Construcciones Escolares del Ministerio de Educación Nacional, siguiendo las normas de la Contraloría General.
Decreto 1789 de 1988 →Vigente
Artículo 25
Decreto 1789 de 1988 · DECRETO 1789 DE 1988, 01/09/1988, Por el cual se reglamenta la desconcentración administrativa de los artículos 58,59 y 60 de la Ley 24 de 1958 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.