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Artículo 16

Decreto 1789 de 1988 · DECRETO 1789 DE 1988, 01/09/1988, Por el cual se reglamenta la desconcentración administrativa de los artículos 58,59 y 60 de la Ley 24 de 1958 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos de la cuenta denominada Fondos Especiales para Compra y Venta de Servicios, se podrán destinar únicamente a

1.

Compra y mantenimiento de equipos del Centro Experimental Piloto, incluyendo los vehículos.

2.

Compra de materiales de oficinas, de ayudas educativas y material didáctico.

3.

Reparaciones y ampliaciones locativas cuando la sede sea propiedad del centro, o adecuaciones cuando sea en arriendo.

4.

Pago de catedráticos que dicten cursos de capacitación, honorarios, remuneración par servicios técnicos, viáticos y gastos de viaje, cuando las actividades desarrolladas por los Centros Experimentales Piloto así lo requieran.

5.

Seguros.

6.

Gastos varios e imprevistos.

7.

Otros autorizados por la División de Investigación, Prueba Curricular y Coordinación de los Centros Experimentales Piloto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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