ARTICULO 45. Del objeto de la calificación de servicios. La calificación de servicios se tendrá en cuenta para
Determinar la permanencia o el retiro del servicio;
Escalafonar en carrera administrativa;
Como factor para participar en los concursos;
Reconocer y obtener los estímulos y distinciones que determinen las normas vigentes;
Participar en programas de adiestramiento o perfeccionamiento;
Otorgar becas o comisiones de estudio;
Evaluar los sistemas de selección de personal e ingreso al servicio, y
Determinar la prioridad para la participación en los programas de bienestar social.