Micelio

Artículo 9

O

Decreto 1749 de 1991 · por el cual se regula el Régimen Especial de Carrera Administrativa para los empleados de la Superintendencia de Cambios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 9o . Del análisis de antecedentes. El análisis de antecedentes consiste en el estudio, verificación y clasificación de la información consignada por los aspirantes en los formatos que para tal efecto les serán proporcionados por la entidad. El análisis de antecedentes se ceñirá a los siguientes parámetros: comprobación de la experiencia laboral y académica debidamente certificada, análisis de los aspectos personales y profesionales, del manejo de créditos, cuentas bancarias, y, en general, pasado judicial y antecedentes disciplinarios. El aspirante cuyo comportamiento a juicio del Superintendente de Cambios o su delegado, sea impropio respecto de la conducta exigible a un funcionario de la Entidad o haya sido sancionado disciplinariamente dentro de los tres años inmediatamente anteriores a la fecha en que le sean analizados sus antecedentes, con sanción de suspensión igual o superior a tres (3) días o de mayor gravedad, o cuyos antecedentes penales resulten incompatibles con el ejercicio de las funciones propias de la Superintendencia de Cambios, no podrá ser preseleccionado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1749 de 1991