Micelio

Artículo 117

Decreto 77 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Descentralización en beneficio de los municipios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público examinará la información suministrada por la entidad acreedora y si encuentra que ella es prueba suficiente de la existencia y vencimiento de la deuda, mediante resolución motivada, ordenará realizar las retenciones necesarias sobre el incremento de la participación en el impuesto a las ventas que le corresponda al respectivo municipio o al Distrito Especial de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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