Micelio

Artículo 77

Decreto 77 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Descentralización en beneficio de los municipios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los fines previstos en el artículo anterior, la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP- cumplirá las siguientes funciones

a)

Divulgación masiva de textos legales;

b)

Publicación de guías prácticas, cartillas y manuales con los conceptos jurídicos y administrativos básicos para la gestión municipal;

c)

Producción de audiovisuales para la capacitación a distancia del personal para la administración municipal;

d)

Realización de talleres, foros, encuentros, conferencias y seminarios para la consideración y estudio de temas y problemas de la gestión administrativa local;

e)

Prestación de los servicios de información jurídica y administrativa y consultoría para los funcionarios municipales;

f)

Distribución de formas para actos, contratos y procedimientos administrativos locales;

g)

Divulgación de códigos-tipo y acuerdos-tipo en materias de presupuesto, contratación, control fiscal, régimen de policía, régimen de personal, bienes y rentas municipales;

h)

Prestación de servicios de asesoría para la determinación de las estructuras municipales, adopción de plantas de personal y preparación de manuales de funciones y requisitos mínimos, de procedimientos administrativos, de contabilidad, presupuesto, personal, manejo de materiales, archivo y correspondencia;

i)

Otorgamiento de becas para formación tecnológica o profesional o para realizar estudios de postgrado a personas que se comprometen a trabajar en la administración municipal;

j)

Servicio a los municipios como agente de transferencia de tecnología, en materias de rehabilitación de barrios subnormales, racionalización de servicios públicos municipales y creación de nuevos asentamientos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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