Micelio

Artículo 42

Decreto 77 de 1987 · por el cual se expide el Estatuto de Descentralización en beneficio de los municipios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los municipios a los cuales el Incora delegue, conforme a las disposiciones vigentes, la función de adjudicación ordinaria de baldíos nacionales, levantarán por medio de funcionarios de su dependencia o de personal técnico vinculado por contrato, todos los informativos necesarios para su adjudicación. Lo anterior no impide que, en todos los casos, puedan ser utilizados para la identificación predial, otros informativos hechos por entidades públicas o particulares, cuando se ajusten a las normas técnicas aceptadas por el Incora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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